Competencias
- Administrar el sistema de los tributos de la competencia del Poder Público Estadal de conformidad con el ordenamiento jurídico, así como de cualquier otro tributo cuya creación o recaudación le sea asignada por las leyes Nacionales o Estadales;
- Ejecutar en forma integrada la política tributaria definida por el Ejecutivo Estadal;
- Recaudar los tributos de la competencia del Estado Portuguesa, las multas, intereses, recargos y demás accesorios, así como cualquier otro tributo cuya creación o recaudación le sea asignada por las leyes Nacionales o Estadales;
- Ejercer las funciones de verificación, inspección, fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, a cargo de los contribuyentes del Estado Portuguesa;
- Determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes, y demás obligaciones y deberes a cargo de los responsables o terceros, así como imponer las multas a que hubiere lugar y determinar la aplicación de intereses, recargos y demás accesorios;
- Definir y ejecutar las políticas administrativas tendentes a reducir los márgenes de evasión y elusión fiscal y, en especial, prevenir, investigar y sancionar administrativamente los ilícitos tributarios;
- Llevar los registros, promover, coordinar y controlar la inscripción de los sujetos pasivos de la relación jurídica tributaria y demás sujetos obligados de conformidad con la normativa Estadal;
- Autorizar la emisión, circulación, anulación y destrucción de especies fiscales y disponer lo relativo a formularios, formatos o formas requeridos para la Administración Tributaria y asegurar su expendio y verificar su existencia;
- Otorgar los permisos, autorizaciones y concesiones a los sujetos pasivos de las obligaciones tributarias Estadales, así como a los demás sujetos que corresponda de conformidad con el ordenamiento jurídico estadal;
- Conocer, sustanciar y decidir los recursos administrativos interpuestos contra los actos dictados por el mismo Servicio Autónomo de Administración Tributaria, conforme lo establezca el ordenamiento jurídico;
- Ejercer la facultad de revisión, de oficio o a petición de parte interesada, de los actos emanados del mismo Servicio Autónomo de Rentas del Estado Portuguesa “SAREP”, conforme al ordenamiento jurídico aplicable;
- Evacuar las consultas sometidas a su consideración, en las materias de su competencia;
- Ejercer en cualquier instancia la representación judicial y extrajudicial de los intereses del Estado Portuguesa, previa sustitución otorgada por el Procurador General del Estado a los funcionarios adscritos al Servicio en causas tales como:
- Cobro judicial y extrajudicial;
- Solicitud de decreto de medidas cautelares;
- Acciones de amparo tributario y constitucional, para sostener y defender los derechos e intereses de los órganos de la Administración Tributaria Estadal;
- Las que cursen por ante los tribunales con competencia ordinaria, contenciosa tributaria y contenciosa administrativa; y
- Cualesquiera otras que cursen por ante los demás tribunales competentes;
- Tramitar y resolver las solicitudes de reintegros o repetición de pago de lo indebido, conforme lo establecido en la normativa tributaria Estadal o Nacional;
- Tramitar, autorizar o instrumentar los incentivos y beneficios fiscales establecidos en el ordenamiento tributario Estadal y Nacional;
- Sistematizar, divulgar y mantener actualizada la información sobre la legislación, jurisprudencia y doctrina tributaria, así como la información estadística de los tributos de su competencia y realizar los estudios e investigaciones correspondientes. Asimismo, diseñar, desarrollar y aplicar programas de divulgación y educación tributaria que propendan a mejorar el comportamiento de los sujetos pasivos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y demás sujetos con obligaciones frente al estado;
- Promover y efectuar estudios, análisis e investigaciones en las materias de su competencia;
- Elaborar y presentar al Gobernador o Gobernadora las propuestas, informaciones y estudios necesarios para la fijación de las metas anuales de recaudación, estudiando la incidencia económica y fiscal de las exenciones, exoneraciones, rebajas y demás beneficios fiscales;
- Asegurar la correcta interpretación y aplicación de las normas y procedimientos relativos a las funciones tributarias del Poder Público Estadal;
- Diseñar, crear, administrar, supervisar y controlar regímenes ordinarios y especiales de tributación estadal;
- Conocer, sustanciar y decidir las solicitudes y reclamaciones presentadas por los interesados, de acuerdo con las previsiones del ordenamiento jurídico;
- Coordinar con otras dependencias y entes del Estado Portuguesa, de los demás entes político territoriales, así como de otros entes y organismos públicos o privados, las acciones y labores que deba ejecutar el Servicio Autónomo de Administración Rentas del Estado Portuguesa “SAREP”, tendentes al mejor desarrollo de las funciones o actividades relacionadas con las competencias tributarias de éste;
- Planificar, administrar y dirigir todo lo relacionado con la tecnología de información, en especial los sistemas telemáticos, estadísticos y de verificación de documentos, mercancías, recursos naturales y productos, destinados al control fiscal;
- Expedir y certificar copia de los documentos y expedientes administrativos que reposen en sus archivos, a quienes tengan interés legítimo, de conformidad con lo establecido por el ordenamiento jurídico;
- Denunciar ante el órgano competente los presuntos hechos de fraude y evasión tributaria, de conformidad con la normativa legal correspondiente;
- Suscribir con instituciones públicas y privadas venezolanas, convenios y acuerdos de servicios de cooperación, coordinación e intercambio de información en materias relativas a las potestades y competencias del Servicio Autónomo de Rentas del Estado Portuguesa;
- Establecer y aplicar un sistema de administración y de recursos humanos que permita lograr de forma eficiente los objetivos del servicio, pudiendo establecer un estatuto y escala de sueldos especialmente diseñado para la categoría de funcionarios que la integran, tomando en cuenta como base mínima la escala de sueldo del Estado Portuguesa y los decretos emitidos por la Gobernación del mismo en relación con esta materia y la normativa legal vigente;
- Establecer y ejecutar políticas de incentivos en materia de Recursos Humanos;
- Suscribir con organismos públicos o privados convenios para la recaudación, retención y percepción de los ingresos tributarios estadales;
- Diseñar, desarrollar y aplicar programas de divulgación y educación tributaria que propendan a mejorar el comportamiento de los sujetos pasivos en el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones tributarias;
- Designar a las instituciones bancarias y/o financieras como agentes de percepción y/o retención;
- Dictar e implementar los Reglamentos e instructivos del Servicio Autónomo de Rentas del Estado Portuguesa “SAREP”;
- Conocer y resolver los actos, operaciones y gestiones que interesan al Servicio Autónomo;
- Elaborar el plan operativo anual estadal y el anteproyecto de presupuesto anual;
- Ejecutar el presupuesto asignado;
- Implementar un sistema de control de la gestión, mediante el diseño de indicadores de gestión, con la finalidad de evaluar trimestralmente la eficacia y la eficiencia del instituto;
- Organizar estructural, funcional y administrativamente y de cualquier otra naturaleza el Servicio Autónomo, para lo cual podrá crear y eliminar cargos según las necesidades del mismo, así como nombrar y remover el personal del Servicio Autónomo conforme a la normativa legal aplicable;
- Dictar el reglamento interno y los manuales de funcionamiento respectivos;
- Cumplir y hacer cumplir los decretos del Gobernador o Gobernadora en materia de los ramos de su competencia;
- Las demás que le sean atribuidas por el ordenamiento jurídico vigente.